La regularización de la situación de las personas migrantes es una cuestión de justicia social. El proceso permitirá que personas que conviven con nosotros y forman parte del tejido económico y social puedan acceder a una serie de derechos básicos como ciudadanos: acceder a contratos de trabajo en condiciones formales, cotizar a la Seguridad Social, el derecho a la sanidad, a prestaciones sociales y de desempleo. En resumen: reducir la discriminación, al menos, legalmente.
Esta regulación extraordinaria – la séptima de la democracia, lo que la convierte en no tan extraordinaria – ha sido promovida por una iniciativa popular impulsada por entidades sociales de distintos ámbitos, desde los sindicatos a organizaciones religiosas, pasando por colectivos sociales, reflejando un amplio consenso sobre su conveniencia en amplias capas de la sociedad.
Un proceso de esta magnitud no está exento de desafíos: a unos servicios públicos de extranjería ya colapsados se le sumarán un aluvión de solicitudes (medio millón, según estimaciones gubernamentales) que deberán ser atendidas en un plazo muy breve de tiempo. Para agilizar la tramitación de expedientes, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha habilitado el Registro de Colaboradores de Extranjería, en el que pueden inscribirse las organizaciones sindicales más representativas a nivel estatal o autonómico, así como entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas en España que lleven al menos tres años constituidas, y cuyos fines o actividades institucionales estén vinculados al ámbito migratorio o de la protección internacional. Además, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Las entidades inscritas en el Registro de Colaboradores de Extranjería estarán habilitadas para prestar asistencia gratuita a las personas solicitantes de regularización, y para actuar en representación de estas en la presentación telemática de las solicitudes.
Para realizar esta tarea con plenas garantías para las personas migrantes que se adhieran al proceso, la Orden ISM/ 164/2026, de 2 de marzo, por la que se regula el Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería, especifica en su Artículo 8.d que las entidades registradas están obligadas a “contar con un seguro de responsabilidad civil que otorgue cobertura al ejercicio de la representación que ostentan las personas habilitadas”.
Desde Seryes queremos facilitar a las organizaciones que colaboran en la regularización de personas migrantes ofreciendo un seguro específico con las coberturas justas que exige la ley, sin añadidos innecesarios que encarezcan el producto, y con un precio cerrado y muy ajustado que permita a las entidades destinar los recursos económicos a donde más se necesitan: a atender jurídicamente a los solicitantes de residencia.
El seguro cubre la responsabilidad civil derivada de la actividad como entidad colaboradora de la Administración pública en la tramitación de expedientes de extranjería, incluyendo la responsabilidad civil de las personas habilitadas por el tomador. A modo de ejemplo, cubriría a la entidad tramitadora en caso de que sufriese una reclamación por un error en la tramitación, que diera como resultado la demora o anulación del proceso de regularización.
Para adaptar la cobertura de este seguro a todas las entidades, independientemente de su volumen de actividad, hemos articulado dos tramos de cobertura:
Este producto ha nacido de las solicitudes de las organizaciones que ya trabajan con nosotras y se han sumado al Registro de Entidades Colaboradoras de Extranjería. Como consideramos que la labor que están realizando es vital para consolidar los derechos sociales, hemos querido hacerlo extensivo a todas las entidades que actualmente están trabajando para regularizar la situación de las personas migrantes. Esperamos que, de esta forma, y desde nuestro campo -el de los seguros- podamos contribuir a reducir la discriminación en nuestra sociedad.