ACCIDENTES
El seguro de Accidentes está destinado a dotar al autónomo de una indemnización si el asegurado sufriese una invalidez parcial, invalidez permanente absoluta, o incluso falleciese a consecuencia de un accidente o enfermedad profesional. El importe de la indemnización se pacta entre el asegurado y la aseguradora en el momento de contratar la póliza, y pueden percibirse en un único pago o de forma fraccionada.
El seguro cubre los accidentes que ocurren no sólo en el desarrollo de las labores profesionales, también los accidentes de camino o vuelta del trabajo (in itinere), y los que se sufran durante las actividades de tiempo libre.
Seguro de accidentes Convenio para autónomos
Si tienes empleados a tu cargo, debes conocer si el convenio colectivo al que está adscrita tu actividad establece la obligatoriedad de contratar un seguro de Accidentes de Convenio.
Cada convenio establece las coberturas obligatorias y la indemnización que el autónomo debería abonar a su empleado en caso de que este sufra un accidente laboral o enfermedad profesional debido al fallo o inexistencia de alguna medida de seguridad. La obligatoriedad de contratación de este seguro está presente normalmente en los sectores con un mayor riesgo de accidente, como la construcción o el metal, y suele cubrir los supuestos de incapacidad permanente total, incapacidad permanente absoluta, y fallecimiento.
En caso de que este seguro sea obligatorio y el autónomo con empleados a su cargo no lo tenga contratado, debería afrontar una multa en caso de accidente o inspección laboral, cuya cantidad puede ascender hasta los 187.000 euros, sin perjuicio de la indemnización que correspondiera a cada trabajador por accidente. Lo mismo sucedería si un trabajador sufre un accidente laboral sin mediar un contrato que regule dicha relación laboral.
La cuantía de los seguros de accidentes viene determinada por las indemnizaciones que marque cada convenio. En cualquier caso, suele tratarse de primas económicas, por lo que incumplir con la legislación vigente no resulta una buena idea ni supone ningún ahorro.
El seguro de Accidentes no debe confundirse con el seguro de Incapacidad Temporal, que cubre todo tipo de enfermedades comunes, como podrían ser las víricas o infecciosas o los accidentes cardiovasculares. De hecho, son seguros con coberturas complementarias, y su contratación conjunta puede suponer una mejora en las condiciones económicas.
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