SALUD
La Agencia Tributaria señala que “tendrán la consideración de gasto deducible para la determinación del rendimiento neto en estimación directa, las primas de seguro de enfermedad satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su propia cobertura y a la de su cónyuge e hijos menores de veinticinco años que convivan con él. El límite máximo de deducción será de 500 euros por cada una de las personas señaladas anteriormente, o bien 1.500 euros si son personas con discapacidad”. Para poder acogerse a estas desgravaciones, el autónomo debe estar dado de alta en el Régimen de Estimación Directa.
Estas ventajas fiscales, unidas a la coyuntura actual, que implica largos tiempos de espera para acceder al especialista y a pruebas médicas, hacen que los seguros de salud sean especialmente atractivos para los autónomos.
Dentro de las modalidades tradicionales, que incluyen coberturas de hospitalización, encontramos seguros con copago, sin copago, y con reembolso.
En el caso de los autónomos, la modalidad más contratada es la del seguro sin copago con un cuadro médico (una lista de centros sanitarios y profesionales que trabajan con el seguro, y a los que el paciente puede acudir), donde el asegurado no tiene que pagar ninguna cantidad extra por el uso de los servicios médicos. Dentro de esta modalidad podemos encontrar muchas opciones a buen precio específicas para el colectivo de los autónomos.
En los seguros con reembolso, además del cuadro médico, el asegurado cuenta con la posibilidad de elegir libremente al facultativo o centro médico que desea acudir, aunque este no se encuentre dentro de dicho cuadro médico, y al asegurado le será reembolsado un porcentaje de entre el 80 y el 90% del importe de dicho servicio sanitario al presentar la factura y el parte médico, aunque existen límites establecidos para algunos servicios.
Por contra, en el seguro de salud con copago el paciente desembolsa un porcentaje del coste de la consulta o prueba realizada; cuando mayor es el porcentaje de copago, menor es la cuota, y al revés. Lo más habitual en este caso es contratar un porcentaje de copago intermedio, que, normalmente incluye un límite máximo de copago al año por asegurado, que oscila entre los 250 y 300€ al año.
Para tener claro qué contratamos y que servicios vamos a obtener en algo tan importante como es la atención a nuestra salud, es importante que un profesional nos asesore correctamente y de forma transparente, para contratar el seguro que mejor se adapte al uso que vayamos a hacer de él. Sólo de esa forma evitaremos sorpresas desagradables cuando más necesitemos la atención médica.
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