VIDA
Los seguros de vida están destinados a cubrir económicamente al asegurado y a sus familiares en caso de invalidez o fallecimiento, permitiendo mantener la estabilidad económica ante estas circunstancias. En caso de que el asegurado quede incapacitado para trabajar por cualquier causa, este percibirá un capital o una renta que le permitirá complementar su pensión y pagar sus cuidados. Si, por la contra, el asegurado falleciese, serían sus familiares quienes recibirían dicha indemnización.
Existen diferentes tipologías de seguros de vida. Los temporales, como los vinculados a un préstamo hipotecario, ofrecen cobertura durante un tiempo determinado. Por contra, los seguros de vida ordinarios dan cobertura hasta el fallecimiento del asegurado, sea cual sea la fecha en la que ocurra, teniendo como límite entre los 65 y los 70 años, momento en el que se extingue la póliza.
En el caso de los seguros de vida dirigidos a los autónomos, las coberturas están diseñadas para complementar las del seguro de accidentes. Así, el seguro de accidentes cubre los casos de incapacidad derivados de un accidente fortuito, ya sea esta total o parcial y es un seguro especialmente necesario para todos aquellos trabajadores que realizan tareas de riesgo, trabajan con mercancías peligrosas, o se ven obligados a desplazarse con frecuencia; por la contra, el seguro de vida cubre al asegurado ante el fallecimiento o la incapacidad derivada de cualquier causa o enfermedad.
Un mediador certificado puede informarte de las diferentes modalidades y coberturas que puedes obtener, ayudándote a encontrar la más adecuada a tus necesidades; y supondrá para ti un importante ahorro económico, ya que te ahorrará muchos sobrecostes asociados a la contratación de seguros a través de entidades bancarias.
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